Criterio 1 de 1 de la resolución: 28/18089/2023/00/00
Calificación: No vinculante
Unidad resolutoria: TEAR de Madrid
Fecha de la resolución: 31/07/2024
Asunto:

IRPF. Deducción por doble imposición internacional. Posibilidad de deducir el impuesto satisfecho en California por la misma renta sometida a gravamen en España, con independencia de que en California se exija el impuesto al cónyuge del reclamante.

Criterio:

Son deducibles por doble imposición internacional las rentas gravadas en el extranjero, con independencia de que esa renta, en particular y atendiendo a la normativa de California, sea gravada en el extranjero en sede del cónyuge de la reclamante.

Referencias normativas:
  • Ley 35/2006 Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas IRPF
    • 80
Conceptos:
  • Deducciones
  • Doble imposición
  • Doble imposición internacional
  • Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas IRPF
  • Residente/s
  • Sociedad de gananciales
Texto de la resolución: (Ver en nueva pestaña o ventana)

Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas

  • CSS 3.0 (Abre nueva ventana)
  • CSS 3.0 (Abre nueva ventana)
  • XHTML 1.0 (Abre nueva ventana)
  • Nivel Doble-A de Conformidad con las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 (WCAG 1.0). (Abre nueva ventana)
  • (NIPO: 225-24-144-1)