Criterio 1 de 1 de la resolución: 28/18089/2023/00/00
Calificación: No vinculante
Unidad resolutoria: TEAR de Madrid
Fecha de la resolución: 31/07/2024
Asunto: IRPF. Deducción por doble imposición internacional. Posibilidad de deducir el impuesto satisfecho en California por la misma renta sometida a gravamen en España, con independencia de que en California se exija el impuesto al cónyuge del reclamante.
Criterio:
Son deducibles por doble imposición internacional las rentas gravadas en el extranjero, con independencia de que esa renta, en particular y atendiendo a la normativa de California, sea gravada en el extranjero en sede del cónyuge de la reclamante.
Referencias normativas:
- Ley 35/2006 Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas IRPF
Conceptos:
- Deducciones
- Doble imposición
- Doble imposición internacional
- Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas IRPF
- Residente/s
- Sociedad de gananciales