Criterio 1 de 1 de la resolución: 28/15601/2022/00/00
Calificación: No vinculante
Unidad resolutoria: TEAR de Madrid
Fecha de la resolución: 12/05/2023
Asunto:

Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones. Beneficios fiscales de la Comunidad Autónoma de Madrid. Requisito relativo a la formalización de la donación en “documento público”. Documentos formalizados con la intervención de Notario extranjero

 

 

Criterio:

A los efectos de considerar cumplido el requisito que, para gozar de determinados beneficios fiscales, establece la norma reguladora de los tributos cedidos de la Comunidad de Madrid, consistente en requerir la elevación a instrumento público del acto o contrato objeto de gravamen, se consideran válidos aquellos documentos formalizados con la intervención de Notario extranjero conforme a la legislación notarial del país correspondiente Fedatario Público extranjero, máxime cuando en el mismo figura la propia "Apostilla" del "Convenio de La Haya del 5 de octubre de 1961" que hace constar de modo expreso su condición de "documento público".

Referencias normativas:
  • DLeg 1/2010 Madrid Texto refundido de las disposiciones legales de la Comunidad de Madrid en materia de tributos cedidos por el estado
    • 25.2
Conceptos:
  • Beneficios fiscales
  • Bonificaciones
  • Documento público
  • Donaciones
  • Impuesto sobre sucesiones y donaciones
  • Requisitos
Texto de la resolución: (Ver en nueva pestaña o ventana)

Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas

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