Criterio:
La deducción por maternidad prevista en el artículo 81 LIRPF únicamente puede ser aplicada por mujeres, sin que resulte discriminatoria por razón de sexo su exclusión a los padres, siempre que no haya tenido lugar el fallecimiento de la madre, ni que la guarda y custodia haya sido atribuida de forma exclusiva al padre.
Dirección General de Tributos CV3024-23 de 21.11.2023