IRPF. Ganancias y pérdidas patrimoniales. Sujeción al impuesto de una subvención para rehabilitación recibida del Ayuntamiento de Madrid al amparo de la Disposición Adicional 5. 4. de la Ley del IRPF
Las ayudas públicas que la Disposición Adicional 5.4 de la Ley del IRPF reconoce exentas son exclusivamente las ayudas públicas concedidas por los programas de ayuda establecidos en la normativa contemplada en dicha DA. Dado que la subvención pública percibida por la parte reclamante no se encuentra encuadrada en ninguno de los programas de ayuda legalmente establecidos, resulta totalmente sujeta al IRPF.