Criterio 1 de 1 de la resolución: 28/04888/2024/00/00
Calificación: No vinculante
Unidad resolutoria: TEAR de Madrid
Fecha de la resolución: 17/12/2024
Asunto:

IRPF. Subvenciones COVID.

Criterio:

Se considera que la subvención percibida por empresarios o profesionales relacionada con la actividad económica y destinada, a los afectados por el COVID-19, a cubrir gastos corrientes, es una subvención corriente, que se debe de imputar en el ejercicio de devengo, y a la cual no le resulta de aplicación la reducción por rendimiento obtenido de forma notoriamente irregular.

Referencias normativas:
  • Ley 35/2006 Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas IRPF
    • 32
Conceptos:
  • Actividad/explotación económica
  • COVID-19
  • Empresario/profesional
  • Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas IRPF
  • Reducciones
  • Rentas irregulares
  • Subvenciones
Texto de la resolución: (Ver en nueva pestaña o ventana)

Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas

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