Criterio 1 de 1 de la resolución: 28/04325/2024/00/00
Calificación: No vinculante
Unidad resolutoria: TEAR de Madrid
Fecha de la resolución: 18/12/2024
Asunto: ITPAJD. SOCIMIS. Dies a quo del plazo de prescripción a efectos de comprobar el cumplimiento de los requisitos de la bonificación del artículo 45.I.B.22 TRLITPAJD.
Criterio:
El plazo de prescripción a efectos de comprobar el cumplimiento de los requisitos previstos para acceder a la bonificación del artículo 45.I.B.22 TRLITPAJD, comienza desde el momento del cumplimiento del requisito de la bonificación, esto es, desde la finalización del plazo de tres años desde que el inmueble ha sido arrendado u ofrecido en arrendamiento.
Referencias normativas:
- RDLeg 1/1993 Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados ITPAJD
Conceptos:
- Arrendamiento/alquiler
- Bonificaciones
- Comprobación
- Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados ITPAJD
- Inmuebles
- Plazos
- Prescripción
- Requisitos
- Sociedades Anónimas Cotizadas de Inversión en el Mercado Inmobiliario SOCIMI