Criterio 1 de 1 de la resolución: 26/00807/2023/00/00
Calificación: No vinculante
Unidad resolutoria: TEAR de La Rioja
Fecha de la resolución: 18/03/2025
Asunto:

ITP-AJD. Modalidad TPO. Procedimiento de comprobación limitada iniciado mediante requerimiento en el que no se determina el alcance del mismo.

Criterio:

La indicación ab initio de la naturaleza y alcance de las actuaciones del procedimiento de comprobación limitada es un derecho sustantivo que permite al obligado tributario, desde el primer momento, ejercer una defensa jurídica apropiada e invocar un elemento de cierre conforme al artículo 140.1 LGT. Además, la Administración no puede actuar fuera de ese alcance.

Si conforme a la doctrina del Tribunal Supremo la ampliación del alcance inicialmente determinado en la comunicación de inicio, efectuada en el momento de la notificación del trámite de audiencia, constituye un vicio invalidante de la liquidación que ultima el procedimiento, igualmente en los supuestos de omisión del alcance, todo lo regularizado en la liquidación constituye una extralimitación del alcance ante la ausencia del mismo.

Tampoco resulta del expediente que se informara a la obligada tributaria de sus derechos y obligaciones en el curso del procedimiento de comprobación limitada.

 

Sentencias asociadas:

Tribunal Supremo:

- Sentencia n.º 312/2021 (rec. 3906/2019), de 4/3/2021

- Sentencia n.º 509/2022 (rec. 5101/2020), de 3/5/2022

- Sentencia n.º 1632/2023 (rec. 6996/2022), de 5/12/2023

 

Referencias normativas:
  • Ley 58/2003 General Tributaria LGT
    • 137
    • 140.1
    • 34.1.ñ)
Conceptos:
  • Alcance
  • Extralimitación
  • Omisión
  • Procedimiento de comprobación limitada/abreviada
  • Vicio invalidante
  • Vicios
Texto de la resolución: (Ver en nueva pestaña o ventana)

Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas

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