Criterio 1 de 1 de la resolución: 25/00264/2022/00/00
Calificación: No vinculante
Unidad resolutoria: TEAR de Cataluña
Fecha de la resolución: 28/07/2023
Asunto:

IAE. Procedencia de la exención en el  IAE. Requisitos.

 

 

 

 

Criterio:

En caso de escisión, a efectos de comprobar si procede la bonificación del IAE recogida en el art. 82.1.c del TRLHL, en el ejercicio en que se realizó la escisión y en el posterior, debe estarse al INCN de la escindida de los ejercicios anteriores que proceden conforme la ley.

Referencias normativas:
  • RDLeg 2/2004 Texto Refundido Ley Haciendas Locales
    • 82.1.c)
Conceptos:
  • Cantidad/importe
  • Cifra de negocios/Volumen de operaciones
  • Escisión
  • Exenciones
  • Impuesto sobre Actividades Económicas IAE
  • Requisitos
Texto de la resolución: (Ver en nueva pestaña o ventana)

Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas

  • CSS 3.0 (Abre nueva ventana)
  • CSS 3.0 (Abre nueva ventana)
  • XHTML 1.0 (Abre nueva ventana)
  • Nivel Doble-A de Conformidad con las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 (WCAG 1.0). (Abre nueva ventana)
  • (NIPO: 225-24-144-1)