Criterio 1 de 1 de la resolución: 19/00577/2023/00/00
Calificación: No vinculante
Unidad resolutoria: TEAR de Castilla-La Mancha
Fecha de la resolución: 12/01/2024
Asunto: Tasas y exacciones no cedidas a las CCAA. Liquidaciones de baja aprobadas por la Comunidad General de Regantes a sus comuneros.
Criterio:
Los acuerdos que adopta una Comunidad de Regantes, en su calidad de Administración Corporativa, no son susceptibles de ser impugnados en vía económico-administrativa, por cuanto no pueden encuadrarse en los supuestos recogidos ni en el artículo 226 de la LGT, ni en la DA 11 de la misma.
Referencias normativas:
- Ley 58/2003 General Tributaria LGT
- RDLeg 1/2001Texto refundido de la Ley de Aguas
Conceptos:
- Corporaciones de Derecho Público
- Impugnación
- Reclamaciones económico-administrativas: materias y actos reclamables
- Tasas