Criterio 1 de 1 de la resolución: 19/00577/2023/00/00
Calificación: No vinculante
Unidad resolutoria: TEAR de Castilla-La Mancha
Fecha de la resolución: 12/01/2024
Asunto:

Tasas y exacciones no cedidas a las CCAA. Liquidaciones de baja aprobadas por la Comunidad General de Regantes a sus comuneros.

Criterio:

Los acuerdos que adopta una Comunidad de Regantes, en su calidad de Administración Corporativa, no son susceptibles de ser impugnados en vía económico-administrativa, por cuanto no pueden encuadrarse en los supuestos recogidos ni en el artículo 226 de la LGT, ni en la DA 11 de la misma.

Referencias normativas:
  • Ley 58/2003 General Tributaria LGT
    • 226
    • DA.11
  • RDLeg 1/2001Texto refundido de la Ley de Aguas
    • 81
    • 82
Conceptos:
  • Corporaciones de Derecho Público
  • Impugnación
  • Reclamaciones económico-administrativas: materias y actos reclamables
  • Tasas
Texto de la resolución: (Ver en nueva pestaña o ventana)

Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas

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