Criterio:
Una vez anulada una sanción por haberse infringido el principio de prohibición de bis in idem en su vertiente procedimental (en vez de ser adaptada la primera sanción en ejecución de una primera RTEA estimatoria parcial por motivos de fondo, se tramitó un nuevo procedimiento sancionador), no cabe que en ejecución de la RTEA totalmente estimatoria se dicte otra sanción como debió hacerse inicialmente.
Sobre la limitación del segundo tiro en el ámbito sancionador: STS de 29.9.2014, recurso de casación para la unificación de doctrina núm. 1014/2013, FJ 4.