Criterio:
Socio no residente en España que usa y disfruta inmuebles titularidad de sociedad española de la que es titular real. Ni en la normativa reguladora del IRNR, ni por remisión en la del IRPF, está regulada la imputación indirecta de rentas inmobiliarias, a modo de transparencia. El art. 6.4 CDI, pensado para supuestos de derechos de aprovechamiento por turnos de inmuebles, no constituye una norma autónoma que pueda sustentar la tributación de tal supuesto omitiendo lo dispuesto en el art. 85 LIRPF.
Tributación de tales supuestos en sede de la entidad y vía operaciones vinculadas: CVDGT V2285-12 de 30.11.2012