Criterio 1 de 1 de la resolución: 17/00240/2024/00/00
Calificación: No vinculante
Unidad resolutoria: TEAR de Cataluña
Fecha de la resolución: 27/10/2025
Asunto: IRPF. Gastos deducibles en rendimientos del trabajo.
Criterio:
En el supuesto de un músico profesional, trabajador por cuenta ajena en régimen de autónomo cooperativista de la Seguridad Social, se considera que son deducibles de los rendimientos íntegros del trabajo, las cuotas satisfechas del RETA, ya que consta acreditado que ha sido el propio trabajador quien ha abonado estas cuotas.
Referencias normativas:
- Ley 35/2006 Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas IRPF
Conceptos:
- Gastos deducibles/no deducibles
- Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas IRPF
- Rendimientos del trabajo
- Trabajadores autónomos