Criterio 1 de 1 de la resolución: 16/00637/2022/00/00
Calificación: No vinculante
Unidad resolutoria: TEAR de Castilla-La Mancha
Fecha de la resolución: 31/10/2023
Asunto:

IRPF. Beneficios fiscales. Condición de joven agricultor. Requisitos para la aplicación de la reducción del 25 por 100 para agricultores jóvenes prevista para la determinación del rendimiento de su actividad agraria en régimen de estimación objetiva.

Criterio:

El momento determinante para acreditar la condición de joven agricultor es el de la solicitud de la ayuda para la primera instalación, realizada al amparo de la Ley 19/1995, de 4 de julio, de modernización de las explotaciones agrarias, pudiendo por ello también acceder a la reducción para jóvenes agricultores en el cálculo por estimación objetiva del rendimiento neto de la actividad durante los cinco periodos impositivos para los que esta se contempla, sin exceptuar el supuesto de que en dicho período se cumplan los 40 años.

En el mismo sentido TEAR Castilla-León RG 34-00241-2022 (31-03-2023).

Referencias normativas:
  • Ley 35/2006 Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas IRPF
    • DA.6
  • Orden HAC/1155/2020, de 25 de noviembre, por la que se desarrollan, para el año 2021, el método de estimación objetiva del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y el régimen especial simplificado del Impuesto sobre el Valor Añadido.
Conceptos:
  • Beneficios fiscales
  • Estimación objetiva
  • Explotación agraria
  • Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas IRPF
  • Joven agricultor
  • Reducciones
  • Requisitos
Texto de la resolución: (Ver en nueva pestaña o ventana)

Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas

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