Criterio 1 de 1 de la resolución: 13/00232/2025/00/00
Calificación: No vinculante
Unidad resolutoria: TEAR de Castilla-La Mancha
Fecha de la resolución: 29/10/2025
Asunto:

IRPF. Deducciones. Determinación de lo que se entiende por “guarderías o centros de educación infantil”.

Criterio:

Las ludotecas no dan derecho  a aplicar la deducción del artículo 81.2 de la Ley 35/2006, reguladora de IRPF.

Referencias normativas:
  • Ley 35/2006 Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas IRPF
    • 81.2
Conceptos:
  • Acreditación
  • Deducciones
  • Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas IRPF
  • Requisitos
Texto de la resolución: (Ver en nueva pestaña o ventana)

Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas

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