Criterio 1 de 1 de la resolución: 11/02741/2021/00/00
Calificación: No vinculante
Unidad resolutoria: TEAR de Andalucía
Fecha de la resolución: 23/03/2022
Asunto:

IRPF. Procedencia de incluir las rentas exentas a los efectos de determinar el tipo medio de gravamen de acuerdo con el artículo 22.1.b) del Convenio doble imposición España-Alemania (CDI). Exención con progresividad Disposición Adicional 20ª LIPRF.

Criterio:

La Disposición Adicional 20ª LIRPF, haciendo uso de la posibilidad que le brinda el artículo 22.1.b) del CDI, establece el mecanismo para evitar la doble imposición sobre rentas sujetas a ambas soberanías, mecanismo que no es otro que el de las rentas exentas con progresividad. Por tanto, procede la inclusión de las rentas exentas según el artículo 18 CDI para determinar el tipo medio de gravamen aplicable al conjunto de las obtenidas por la reclamante.

Referencias normativas:
  • Ley 35/2006 Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas IRPF
    • DA.20
Conceptos:
  • Convenio
  • Doble imposición internacional
  • Exención con progresividad
  • Exenciones
  • Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas IRPF
  • Rentas/plusvalías
  • Tipo medio de gravamen
Texto de la resolución: (Ver en nueva pestaña o ventana)

Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas