Criterio 1 de 1 de la resolución: 11/01633/2021/00/00
Calificación: No vinculante
Unidad resolutoria: TEAR de Andalucía
Fecha de la resolución: 10/03/2022
Asunto:

IRPF. Disposición Transitoria 11ª. Régimen transitorio aplicable a las prestaciones derivadas de los contratos de seguro colectivos que instrumentan compromisos por pensiones.

Criterio:

En base a los hechos y a la póliza suscrita la prima es perfectamente cuantificable en la póliza original sin necesidad de nuevo acuerdo entre las partes por lo que hay derecho a aplicar la reducción del 40% regulada en la DT 11ª LIRPF a la parte de la prestación correspondiente a las primas satisfechas a partir de 1 de enero de 2007 por considerarse “primas ordinarias previstas en la póliza original”.

Referencias normativas:
  • Ley 35/2006 Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas IRPF
    • DT.11
Conceptos:
  • Compromisos por pensiones
  • Derecho/régimen transitorio
  • Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas IRPF
  • Reducciones
  • Seguros
Texto de la resolución: (Ver en nueva pestaña o ventana)

Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas

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