Criterio 1 de 1 de la resolución: 08/15107/2021/00/00
Calificación: No vinculante
Unidad resolutoria: TEAR de Cataluña
Fecha de la resolución: 25/07/2024
Asunto:

Procedimiento recaudatorio. Medidas cautelares adoptadas en el seno de un procedimiento de declaración de responsabilidad solidaria por liquidación vinculada a delito (LVD). La competencia para determinar su procedencia le corresponde al órgano penal.

Criterio:

El art. 614 bis de la LECr. (y DA 10ª LJCA) atribuye el conocimiento de las pretensiones sobre medidas cautelares una vez iniciado el proceso penal al juez de este orden, sin distinguir si se ha dictado (arts. 81.7 e) y 258.7 LGT) o no (art. 81.9 LGT) una LVD.

Mismo sentido en cuanto al fallo: RTEAC 28.1.2020, RG 5940/2017.

Referencias normativas:
  • Ley 29/1998 Jurisdicción Contencioso Administrativa LJCA
    • DA.10
  • Ley de Enjuiciamiento Criminal (Real Decreto de 14-09-1882)
    • 614 bis
Conceptos:
  • Competencia
  • Liquidación vinculada a delito
  • Medidas cautelares
  • Procedimiento de recaudación
  • Procedimiento judicial
  • Proceso penal
  • Responsables solidarios
Texto de la resolución: (Ver en nueva pestaña o ventana)

Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas

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