Criterio 1 de 1 de la resolución: 08/10254/2019/00/00
Calificación: No vinculante
Unidad resolutoria: TEAR de Cataluña
Fecha de la resolución: 03/10/2022
Asunto:

IRPF. Abono de intereses de demora sobre el importe de la devolución reconocida por la Administración por la exención de la prestación por maternidad. Ingresos indebidos.

Criterio:

La devolución reconocida por la Administración por la exención de la prestación de maternidad, al basarse esta en una retención indebida por tener la consideración de renta exenta no sujeta a retención, es una devolución de ingresos indebidos. El dies a quo de los intereses de demora, por tanto, debe ubicarse en el momento de los correspondientes ingresos indebidos, y en el día siguiente al plazo voluntario de autoliquidación cuando la devolución deriva del efecto de la progresividad.

-Jurisprudencia sobre ingresos indebidos sobrevenidos: STS de 28.1.2021, rec. de casación núm. 3010/2018, FJ 3; 4.3.2021, rec. de casación núm. 809/2020, FJ 2; 4.3.2021, rec. de casación núm. 789/2020, FJ 2; 11.3.2021, recursos de casación núms. 6647/2019 y 6978/2019, FFJJ 3; 17.3.2021, rec.de casación núm. 585/2020, FJ 2, y 1.9.2022, rec. de casación núm. 1805/2020, FJ 4.

-Carácter indebido de pagos a cuenta: Doctrina TEAC 22.9.2021, RG 4270/2019, FFJJ 5º y 6º

-Similar sentido: RTEAR de la Comunidad Valenciana de 17.2.2021 (referencia 46/04092/2019).

Referencias normativas:
  • Ley 58/2003 General Tributaria LGT
    • 221.1
    • 221.1
    • 31.1
    • 32.2
  • Ley 35/2006 Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas IRPF
    • 103
    • 7.h)
Conceptos:
  • Declaraciones/autoliquidaciones
  • Devoluciones
  • Exenciones
  • Fecha inicial
  • Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas IRPF
  • Ingresos indebidos
  • Intereses de demora
  • Maternidad
  • Prestaciones
  • Rectificación
Texto de la resolución: (Ver en nueva pestaña o ventana)

Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas

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