Criterio 2 de 2 de la resolución: 08/08017/2021/00/00
Calificación: No vinculante
Unidad resolutoria: TEAR de Cataluña
Fecha de la resolución: 29/03/2023
Asunto:

IAE. Improcedencia de incluir en el grupo o epígrafe del IAE propio de la actividad del grupo de empresas a la empresa holding que no se dedica a ella.

Criterio:

La mera actividad de empresa rectora de holding no es susceptible de calificarse como la propia de las empresas participadas a efectos de la clasificación en el IAE

Referencias normativas:
  • RDLeg 1175/1990 IAE Tarifas e Instrucción
    • Regla 2
Conceptos:
  • Actividad/explotación económica
  • Epígrafes
  • Grupo de empresas/Grupo de sociedades/Holding/Grupo fiscal
  • Impuesto sobre Actividades Económicas IAE
Texto de la resolución: (Ver en nueva pestaña o ventana)

Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas

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