Criterio 1 de 1 de la resolución: 08/04570/2017/00/00
Calificación: No vinculante
Unidad resolutoria: TEAR de Cataluña
Fecha de la resolución: 11/03/2021
Asunto:

Declaración Tributaria Especial (DTE). Efectos sobre el valor de adquisición de los elementos declarados. No afectación de la declaración de inconstitucionalidad.

Criterio:

La pérdidas patrimoniales en IRPF derivadas de la venta de valores consignados en una DTE que constituye una situación jurídico-tributaria firme, y que debe ser respetada por la limitación de efectos contenida en el FJ 6º de la STC 73/2017, están afectadas por la limitación (valor de adquisición máximo el valor de mercado a fecha de la DTE) regulada en la DA 1ª.7 RDL 12/2012, debido a que dicho apartado 7º (introducido por RDL 19/2012) no fue declarado inconstitucional por la STC 73/2017, que se limitó a la redacción originaria del RDL 12/2012.

Sobre el alcance y efectos de la declaración de inconstitucionalidad del RDL 12/2012: STC 73/2017 de 8 de junio, Recurso 3856-2012, FFJJ 1º y 6º

Referencias normativas:
  • RDLey 12/2012 Medidas tributarias y administrativas dirigidas a la reducción del déficit público
    • DA.1
  • OM HAP/1182/2012 Desarrolla la disposición adicional 1ª RDL 12/2012 de 30 marzo
  • Ley 12/2012 Medidas urgentes de liberalización del comercio y de determinados servicios
    • DF.3
  • Ley Org 2/1979 del Tribunal Constitucional.
    • 40
Conceptos:
  • Constitucionalidad
  • Declaración Tributaria Especial DTE
  • Firmeza
  • Valor de adquisición
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Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas