Criterio:
La pérdidas patrimoniales en IRPF derivadas de la venta de valores consignados en una DTE que constituye una situación jurídico-tributaria firme, y que debe ser respetada por la limitación de efectos contenida en el FJ 6º de la STC 73/2017, están afectadas por la limitación (valor de adquisición máximo el valor de mercado a fecha de la DTE) regulada en la DA 1ª.7 RDL 12/2012, debido a que dicho apartado 7º (introducido por RDL 19/2012) no fue declarado inconstitucional por la STC 73/2017, que se limitó a la redacción originaria del RDL 12/2012.
Sobre el alcance y efectos de la declaración de inconstitucionalidad del RDL 12/2012: STC 73/2017 de 8 de junio, Recurso 3856-2012, FFJJ 1º y 6º