Criterio 1 de 1 de la resolución: 08/02954/2018/00/00
Calificación: No vinculante
Unidad resolutoria: TEAR de Cataluña
Fecha de la resolución: 08/07/2021
Asunto:

Notificaciones. Régimen normativo en caso de sucesión temporal de normas.

Criterio:

La normativa de aplicación a las notificaciones practicadas en el curso de un procedimiento de aplicación de los tributos, en defecto de régimen transitorio específico, es la vigente en el momento del inicio del procedimiento en que se insertan tales notificaciones, sin que a tales efectos constituyan una actuación o procedimiento autónomo.

Sentencia del Tribunal Constitucional 63/2021, 15 de marzo, FJ 4º.c

Referencias normativas:
  • Ley 58/2003 General Tributaria LGT
    • DT.3.1
    • DT.3.1
  • Ley 39/2015 Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
    • DT.3
Conceptos:
  • Derecho/régimen transitorio
  • Iniciación
  • Normativa aplicable
  • Notificaciones
  • Procedimientos tributarios
Texto de la resolución: (Ver en nueva pestaña o ventana)

Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas

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