Criterio 1 de 1 de la resolución: 08/01115/2024/00/00
Calificación: No vinculante
Unidad resolutoria: TEAR de Cataluña
Fecha de la resolución: 07/11/2024
Asunto:

IRPF. Ganancias patrimoniales. Exit Tax. Se cuestiona si la ganancia patrimonial obtenida por un sujeto residente en España generada por la transmisión de valores por los que se soportó un exit tax en otro país permite aplicar la deducción por doble imposición internacional.

Criterio:

Habida cuenta que la doble imposición existente no es consecuencia de la aplicación del convenio de doble imposición España-Israel, no existe una obligación convencional en orden a corregirla. A salvo de lo dispuesto en el artículo 26.3 (Procedimiento amistoso) del convenio donde se prevé que "Las autoridades competentes de los Estados contratantes ... También podrán ponerse de acuerdo para tratar de evitar la doble imposición en los casos no previstos en el Convenio". No obstante se estima aplicable la deducción por doble imposición por aplicación de la propia normativa interna (art. 80 LIRPF), pues se cumplen los dos requisitos allí exigidos: (1) Se trata de una ganancia patrimonial obtenida en el extranjero (las acciones son emitidas por una sociedad constituida en Israel de conformidad con las leyes de dicho estado y domiciliada en Tel Aviv). Además, se transmiten en virtud de un contrato que dice regirse por las leyes del Estado de Israel y sometiéndose las partes a la jurisdicción exclusiva de sus tribunales y (2) ha sido gravada en el extranjero por un impuesto de naturaleza análoga al IRPF o IRNR.

Referencias normativas:
  • Ley 35/2006 Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas IRPF
    • 80
  • OCDE. Modelo de convenio OCDE Doble imposición Impuestos sobre la Renta y Patrimonio
    • 13
Conceptos:
  • Deducciones
  • Doble imposición
  • Doble imposición internacional
  • Exit tax
  • Ganancias y pérdidas patrimoniales/Incrementos y disminuciones de patrimonio
  • Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas IRPF
Texto de la resolución: (Ver en nueva pestaña o ventana)

Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas

  • CSS 3.0 (Abre nueva ventana)
  • CSS 3.0 (Abre nueva ventana)
  • XHTML 1.0 (Abre nueva ventana)
  • Nivel Doble-A de Conformidad con las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 (WCAG 1.0). (Abre nueva ventana)
  • (NIPO: 225-24-144-1)