Criterio 1 de 1 de la resolución: 08/00508/2020/00/00
Calificación: No vinculante
Unidad resolutoria: TEAR de Cataluña
Fecha de la resolución: 15/12/2022
Asunto:

Impuesto sobre Sociedades. Operaciones vinculadas. Valor de las Directrices OCDE sobre precios de transferencia. Innecesariedad de que obren en el expediente.

Criterio:

Las Directrices de la OCDE sobre precios de transferencia ni son normas jurídicas ni un informe acreditativo de hechos, por lo cual ni es necesario que conste su copia en el expediente administrativo conforme al art. 70.1 LPAC, ni su ausencia causa indefensión.

Valor de las DPT OCDE: SSTS de 19.10.2016, rec. de casación núm. 2558/2015, FJ 7, y 21.2.2017, rec. de casación núm. 2970/2015, FJ 6

Referencias normativas:
  • Ley 58/2003 General Tributaria LGT
    • 7
  • Ley 39/2015 Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
    • 70
    • 70
Conceptos:
  • Directrices OCDE
  • Expediente
  • Impuesto sobre sociedades
  • Precios de transferencia
  • Vinculación/operaciones vinculadas
Texto de la resolución: (Ver en nueva pestaña o ventana)

Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas

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