Criterio:
El Tribunal Supremo, en su sentencia de 23 de enero de 2023, confirma la necesidad de motivar las razones que justifican la realización de una comprobación de valores pero, en esa misma sentencia, señala las consecuencias de tal incumplimiento, cuales son que tal ausencia no puede conllevar la anulación de la liquidación practicada sin más, confirmando la liquidación impugnada. Por tanto, se trata de una irregularidad no invalidante, esto es, una infracción de carácter formal que no produce indefensión y que no determina la invalidez del acto.