Criterio 1 de 1 de la resolución: 03/04737/2022/00/00
Calificación: No vinculante
Unidad resolutoria: TEAR de Valencia
Fecha de la resolución: 17/12/2024
Asunto:

IRPF. Ganancias y pérdidas patrimoniales. Valor de adquisición de inmuebles que fueron objeto de arrendamiento con anterioridad a su transmisión.

Criterio:

Cuando el interesado prueba de manera suficiente la amortización aplicada sobre un inmueble en los ejercicios en que éste estuvo arrendado (coeficiente aplicado  sobre el valor catastral), y dicho valor es inferior al calculado por la Administración, que aplica el mismo coeficiente pero sobre distinta base (coste de adquisición) por ser superior al valor catastral, el importe que debe prevalecer a efectos de la cuantificación del valor de adquisición regulada en el artículo 35 de la LIRPF debe ser el acreditado por el obligado tributario.

Referencias normativas:
  • Ley 35/2006 Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas IRPF
    • 23.1
    • 35.1.b)
  • RD 439/2007 IRPF Reglamento Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas
    • 14.2.a)
    • 40.1
Conceptos:
  • Acreditación
  • Amortización
  • Arrendamiento/alquiler
  • Efectividad
  • Ganancias y pérdidas patrimoniales/Incrementos y disminuciones de patrimonio
  • Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas IRPF
  • Inmuebles
  • Valor catastral
  • Valor de adquisición
  • Valor de la construcción
Texto de la resolución: (Ver en nueva pestaña o ventana)

Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas

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