Criterio 1 de 1 de la resolución: 00/09991/2023/00/00
Calificación: No vinculante
Unidad resolutoria: TEAC
Fecha de la resolución: 18/06/2026
Asunto:

Procedimientos tributarios. Plazo máximo de resolución. Dilaciones en el procedimiento por causa no imputable a la Administración tributaria.

Criterio:

No constituye dilación por causa no imputable a la Administración tributaria el tiempo transcurrido desde la puesta a disposición de la notificación de una propuesta de resolución  o de liquidación en la sede electrónica de la Administración Tributaria o en la dirección electrónica habilitada, hasta que el destinatario accede a la misma o se entiende rechazada por el transcurso de diez días sin que haya accedido.

Criterio relevante aún no reiterado que no constituye doctrina vinculante de acuerdo con el artículo 239 LGT.

Referencias normativas:
  • Ley 58/2003 General Tributaria LGT
    • 104.2
  • RD 1065/2007 Reglamento Proc. Gestión e Inspección y N.Comunes de Aplicación
    • 104.e)
Conceptos:
  • Dilaciones
  • Notificaciones
  • Notificaciones Electrónicas Obligatorias NEO
  • Plazos
  • Procedimientos tributarios
  • Resolución
Texto de la resolución: (Ver en nueva pestaña o ventana)

Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas

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