Criterio:
Es conforme a derecho la notificación cursada electrónicamente por el acceso a la dirección electrónica habilitada por el contribuyente no obligado a notificaciones electrónicas pese a la designación por el mismo de un representante voluntario.
En sentido similar al criterio adoptado por el TEAC en resolución de 17 de julio de 2023 (00/7460/2022) dictada en unificación de criterio.