Criterio 1 de 1 de la resolución: 00/09085/2022/00/00
Calificación: Doctrina
Unidad resolutoria: TEAC
Fecha de la resolución: 26/06/2023
Asunto:

IS. Régimen Fiscal de Cooperativas. No deducibilidad en el Impuesto sobre Sociedades de la dotación obligatoria al Fondo de Educación y Promoción con cargo a los resultados extracooperativos.

Criterio:

La Ley 20/1990, de 19 de diciembre, de Régimen Fiscal de Cooperativas no otorga carácter deducible a la dotación obligatoria al Fondo de Educación y Promoción con cargo a los resultados extracooperativos. Ni es deducible dicha dotación a la hora de determinar los rendimientos extracooperativos -al no disponer nada en este sentido la Sección 3ª del Capítulo IV del Titulo II de la Ley 20/1990, relativa a los "Resultados extracooperativos"- ni lo es tampoco para la determinación de los resultados cooperativos, al impedirlo una interpretación sistemática de los preceptos de dicha norma.

Unificación de criterio

Referencias normativas:
  • Ley 20/1990 Régimen Fiscal de Cooperativas
    • 16
    • 18
    • 21
Conceptos:
  • Cooperativas
  • Gastos deducibles/no deducibles
  • Impuesto sobre sociedades
Texto de la resolución: (Ver en nueva pestaña o ventana)

Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas

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