Criterio:
De acuerdo con la doctrina del Tribunal Supremo - sentencias de 29-10-2025 (rec. cas. nº 4701/2023) y de 03-11-2025 (rec. cas. nº 7626/2023)-, es de aplicación a los no residentes el límite de la cuota íntegra previsto en el artículo 31. Uno de la Ley del Impuesto sobre el Patrimonio.
Criterio reiterado en resolución de 27-01-2026, RG 00/00713/2025.