Criterio 1 de 2 de la resolución: 00/08342/2022/00/00
Calificación: Doctrina
Unidad resolutoria: TEAC
Fecha de la resolución: 23/05/2023
Asunto:

Tráfico exterior. Prueba. Aportación de documentación en fase de revisión, recurso de reposición, de una Decisión IAV.

Criterio:

En los procedimientos de emisión de una IAV la falta de valoración de documentación aportada en el recurso de reposición supone una clara vulneración del principio general de defensa ya que durante el procedimiento de emisión de la decisión aduanera no se contempla una fase de alegaciones.

En el caso de que se clasifique en un código distinto al solicitado, el titular de la decisión no tiene el derecho a ser oído (Artículo 22.6 a), del CAU) por lo que difícilmente podría aportar documentos o pruebas nuevas para la defensa de sus intereses. Sólo, en fase de recurso contra la decisión IAV adoptada, cabe la aportación de nuevos documentos y pruebas que deben ser valoradas por la administración aduanera.

Crterio reiterado en RG 00/08716/2021 (21-06-2023).

Referencias normativas:
  • RD 520/2005 Reglamento Revisión en Vía Administrativa
    • 23.1
  • Ley 30/1992 Régimen Jurídico Adm. Públicas Procedimiento Adm.Común RJAPAC
    • 112.1
  • Reglamento (UE) nº 952/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo. Código Aduanero de la Unión CAU
    • 22.6.a)
    • 34.4
Conceptos:
  • Deuda aduanera
  • Normativa aplicable
  • Prueba
  • Recurso de reposición
  • Revisión
  • Tráfico exterior
Texto de la resolución: (Ver en nueva pestaña o ventana)

Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas

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