Criterio 2 de 2 de la resolución: 00/07522/2023/00/00
Calificación: Doctrina
Unidad resolutoria: TEAC
Fecha de la resolución: 15/10/2025
Asunto:

Declaración de responsabilidad. Competencia de la AEAT para llevar a cabo una derivación de responsabilidad del artículo 40.3 de la Ley General de Subvenciones en relación con el reintegro de una subvención concedida por la CCAA.

Criterio:

 La Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) no ostenta la competencia para declarar la responsabilidad al amparo del artículo 40.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en relación con el reintegro de una subvención concedida por la Comunidad Autónoma de Aragón, a la vista del Convenio suscrito por la AEAT con la Comunidad Autónoma de Aragón para la recaudación en vía ejecutiva de los ingresos de derecho público de dicha Comunidad Autónoma, aprobado mediante resolución de 25 de septiembre de 2006, del Departamento de Recaudación de la AEAT, en la redacción introducida por la Adenda al Convenio publicada mediante resolución de 31 de octubre de 2017, del Departamento de Recaudación de la AEAT.

 

Unificación de criterio

Referencias normativas:
  • Ley 38/2003 General de Subvenciones
    • 40.3
Conceptos:
  • Competencia
  • Convenio
  • Derivación de responsabilidad
  • Reintegros
  • Subvenciones
Texto de la resolución: (Ver en nueva pestaña o ventana)

Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas

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