Criterio:
Los intereses de demora del procedimiento expropiatorio están sometidos a tributación, sin que les resulte de aplicación la sentencia del Tribunal Supremo de 3 de diciembre de 2020 (recurso 7763/2019) al referirse a un supuesto de hecho diferente (intereses de demora derivados de ingresos indebidos de carácter tributario).
Criterio reiterado en resolución del TEAC de 19 de febrero de 2026 (RG 1401/2024).