Criterio 1 de 1 de la resolución: 00/06810/2021/00/00
Calificación: Doctrina
Unidad resolutoria: TEAC
Fecha de la resolución: 24/06/2025
Asunto:

IRNR. Deducibilidad de gastos asociados a los bienes inmuebles destinados a alquiler. Sustitución de electrodomésticos cuyo valor no exceda de 300 euros.  Deducibilidad/ Amortización.

 

Criterio:

La deducibilidad del gasto en concepto de sustitución del termo  se realizaría por la vía de la amortización, dado que es susceptible de utilizarse durante un periodo superior al año, en función del número de días en que el inmueble estuvo alquilado. No obstante, dado que su valor no excede de 300 euros, se considera razonable admitir que resulta justificada la depreciación efectiva por su valor unitario y por tanto, es deducible en su totalidad.

 

Se reitera criterio de resolución TEAC de 22 de abril de 2024 (RG 2836/2021).

 

 

Referencias normativas:
  • Ley 35/2006 Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas IRPF
    • 23
  • RD 439/2007 IRPF Reglamento Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas
    • 13
    • 14
  • RDLeg 5/2004 Texto Refundido Impuesto Renta de no Residentes
    • 24
Conceptos:
  • Arrendamiento/alquiler
  • Cantidad/importe
  • Gastos deducibles/no deducibles
  • Impuesto sobre la renta de no residentes
Texto de la resolución: (Ver en nueva pestaña o ventana)

Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas

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