Criterio:
La sentencia del Tribunal Supremo de 31 de octubre de 2025 (recurso de casación 6833/2023), en relación con el requisito de reembolso que exige la Ley del IVA para el disfrute de la exención del impuesto en las entregas de bienes a viajeros, fija la siguiente doctrina:
«La exigencia de que la exención del IVA en las entregas de bienes a viajeros se haga efectiva mediante el reembolso del impuesto soportado en las adquisiciones no constituye un requisito material para el disfrute de dicha exención.
No resulta compatible con el principio de neutralidad fiscal del IVA ni del principio de proporcionalidad negar la exención relativa a las exportaciones de viajeros prevista en el artículo 21 LIVA y artículo 9 RIVA al cumplimiento del procedimiento de reembolso en los términos establecidos reglamentariamente cuando no ha existido enriquecimiento del contribuyente, ni riesgo de fraude o incorrecta recaudación, y, además, no existen indicios de la comisión de infracciones tributarias.»