Criterio 1 de 1 de la resolución: 00/06576/2020/00/00
Calificación: Doctrina
Unidad resolutoria: TEAC
Fecha de la resolución: 13/12/2022
Asunto:

Procedimiento económico-administrativo. Plazo de interposición de reclamaciones y recursos en vía económico-administrativa a causa del estado de alarma del COVID-19 .

Criterio:

Notificada la resolución del recurso de reposición con posterioridad a la entrada en vigor del RD 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, el plazo para interponer la reclamación económico-administrativa se inició el 1 de junio y terminó el 1 de julio incluido.

Por tanto, la reclamación económico-administrativa interpuesta el 1 de julio de 2020 no se interpuso extemporáneamente. 

 

Criterio reiterado el 19.01.2023 RG 3625/2020.

 

 

Referencias normativas:
  • Ley 39/2015 Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
    • 30.4
  • RD 463/2020 Declaración del estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19
Conceptos:
  • COVID-19
  • Estado de alarma
  • Plazos
  • Presentación/Interposición
  • Reclamaciones económico-administrativas
Texto de la resolución: (Ver en nueva pestaña o ventana)

Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas