Criterio 1 de 1 de la resolución: 00/06270/2020/00/00
Calificación: Doctrina
Unidad resolutoria: TEAC
Fecha de la resolución: 18/05/2022
Asunto:

Impuesto sobre Hidrocarburos. Falta de comunicación de la modificación de las matrículas beneficiarias de devolución de gasóleo de uso profesional. Incumplimiento formal.

Criterio:

La falta de comunicación de la modificación de las matrículas beneficiarias de devolución de gasóleo de uso profesional, a diferencia de lo que ocurre cuando falta la inscripción en el Censo de beneficiarios, no puede considerarse un requisito material o constitutivo, sino que constituye una carga formal cuyo incumplimiento no puede dar lugar automáticamente a la pérdida del derecho a la devolución parcial del Impuesto sobre Hidrocarburos siempre que se acredite el cumplimiento del resto de requisitos previstos en la normativa para la aplicación de tal beneficio.

Reitera criterio de RG 00/00158/2020 (18-05-2022).

Referencias normativas:
  • Ley 38/1992 Impuestos Especiales IIEE
    • 52.bis
  • OM HAP/290/2013 Procedimiento para la devolución parcial del Impuesto sobre Hidrocarburos por consumo de gasóleo profesional
    • 2
Conceptos:
  • Comunicaciones
  • Devoluciones
  • Impuesto Especial sobre Hidrocarburos
  • Obligaciones formales
  • Vehículos
Texto de la resolución: (Ver en nueva pestaña o ventana)

Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas