Criterio:
En el supuesto planteado, el efectivo riesgo/mayor o menor beneficio recae sobre el propietario, que percibirá su rendimiento en función de la ocupación por huéspedes. Y para modalizar u homogeneizar este riesgo entre los propietarios se articula un peculiar esquema, destinado a proporcionar una retribución equitativa entre todas las Propiedades del Complejo, mediante un sistema de retribución variable al Propietario (“rental pool”).
En tales circunstancias, para el cómputo del prorrateo ha de tomarse la mayor de estas dos magnitudes certificadas por la Dirección del Complejo: la media de ocupación del pool o el número de días de efectiva ocupación de la unidad de alojamiento en cuestión. Sin que haya de entrar en la comparación el total periodo del año excluidos los 4 meses (120 días) de máximo reservable por el propietario; es decir, los 76 días en 2021 o 245 días en 2022.
Criterio reiterado en resolución TEAC de 18 de diciembre de 2025 (RG 5919-2022)
Criterio relacionado por resolución TEAC de 24 de octubre de 2022 (RG 885-2020)