Criterio 1 de 1 de la resolución: 00/05339/2018/00/00
Calificación: Doctrina
Unidad resolutoria: TEAC
Fecha de la resolución: 26/05/2021
Asunto:

LGT. Notificaciones. Validez de las notificaciones. Recepción por el conserje de la finca, que se identifica pero no firma el acuse de recibo.

Criterio:

La notificación efectuada por dos agentes tributarios al conserje de la finca debidamente identificado, el cual recoge la notificación pero no firma el acuse de recibo, se entiende válida y eficaz. La firma por parte de los dos agentes tributarios que realizaron la notificación hace prueba de la misma, dada su condición de funcionarios públicos que desempeñan labores de inspección.

Reitera criterio de RG 1495/2009, de 3-03-2010.

 

Referencias normativas:
  • Ley 58/2003 General Tributaria LGT
    • 111.1
    • 142.2
  • Res AEAT 24/03/1992 Organización y funciones de la Inspección de los Tributos
    • < Toda la norma >
Conceptos:
  • Domicilio
  • Eficacia
  • Funcionarios
  • Notificaciones
  • Validez
Texto de la resolución: (Ver en nueva pestaña o ventana)

Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas