Criterio 1 de 1 de la resolución: 00/04995/2017/00/00
Calificación: Doctrina
Unidad resolutoria: TEAC
Fecha de la resolución: 26/02/2021
Asunto:

Impuesto sobre Sucesiones. Caducidad de un expediente iniciado por declaración. Posibilidad de reabrir el expediente dentro del plazo de prescripción.

 

Criterio:

En aplicación de la Sentencia del Tribunal Supremo de 25/11/201 (Rec. 6270-2017), declarada la caducidad de un expediente iniciado por declaración, los actos del mismo, incluyendo la declaración, no interrumpen el plazo de prescripción, por lo que sólo puede reiniciarse el procedimiento si no ha transcurrido el plazo legalmente establecido.

 

Criterio reiterado en RG 2406-2018, de 25 de marzo de 2021

Referencias normativas:
  • Ley 58/2003 General Tributaria LGT
    • 130
    • 68.1.a)
Conceptos:
  • Caducidad
  • Declaraciones/autoliquidaciones
  • Impuesto sobre sucesiones y donaciones
  • Interrupción
  • Prescripción
Texto de la resolución: (Ver en nueva pestaña o ventana)

Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas