Criterio 1 de 1 de la resolución: 00/04459/2018/00/00
Calificación: No vinculante
Unidad resolutoria: TEAC
Fecha de la resolución: 20/09/2021
Asunto:

Impuesto sobre Actividades Económicas IAE. Actividad EPIGRAFE IAE: 964.3 "Servicios de enlace y transmisión de señales de televisión".

Criterio:

El carácter de "actividad industrial" no puede predicarse exclusivamente de las actividades de fabricación sino que también deben reputarse industriales las prestaciones de servicios relacionadas con productos que revistan carácter industrial.

La actividad de "Servicios de enlace y transmisión de señales de televisión" no tiene carácter industrial a efectos del artículo 98.1.f) de la Ley de Impuestos Especiales .

En el mismo sentido REC 00/04009/2017/00/0 (26-02-2020) con respecto a otras actividades.

Referencias normativas:
  • Ley 38/1992 Impuestos Especiales IIEE
    • 98.1.f)
  • RDLeg 1175/1990 IAE Tarifas e Instrucción
    • Sección 1.División 1
    • Sección 1.División 2
    • Sección 1.División 3
    • Sección 1.División 4
Conceptos:
  • Actividad industrial
  • Impuesto Especial sobre la Electricidad
  • Impuesto sobre Actividades Económicas IAE
  • Impuestos Especiales IIEE
  • Prestaciones de servicios
Texto de la resolución: (Ver en nueva pestaña o ventana)

Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas