Criterio 1 de 1 de la resolución: 00/04189/2019/00/00
Calificación: Doctrina
Unidad resolutoria: TEAC
Fecha de la resolución: 23/03/2022
Asunto:

Efectos del cambio de criterio de la Jurisprudencia del Tribunal Supremo. Momento temporal a partir del cual se aplica un cambio de criterio del Tribunal Supremo.

Criterio:

Un cambio de criterio del Tribunal Supremo que perjudique al contribuyente únicamente puede aplicarse desde que dicho cambio de criterio se produce, en tanto que ello podría ir en contra de una confianza legítima merecedora de protección jurídica. Si bien en el presente caso no se estima por cuanto no concurría confianza legítima, al haberse producido el cambio de criterio del TS ya cuando el interesado presentó su autoliquidación.

 

Se reitera criterio de RG 1483/2017, de 11 de junio de 2020. Asimismo criterio reiterado en RG 1539/2020, de 23 de junio de 2022

Referencias normativas:
  • Constitución Española
    • 9.3
Conceptos:
  • Confianza legítima
  • Criterios
  • Efectos
  • Jurisprudencia
Texto de la resolución: (Ver en nueva pestaña o ventana)

Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas