Criterio 1 de 1 de la resolución: 00/03944/2019/00/00
Calificación: Doctrina
Unidad resolutoria: TEAC
Fecha de la resolución: 26/11/2024
Asunto:
Conflictos entre la Administración del Estado y las Diputaciones Forales. Efectos para la Administración tributaria del planteamiento de un conflicto ante la Junta Arbitral en relación con la tramitación del procedimiento sancionador.
Criterio:

Tratándose de un procedimiento sancionador incoado como consecuencia de un procedimiento inspector, que atañen al mismo impuesto y períodos, los cuales se encuentran comprendidos en el conflicto planteado ante la Junta Arbitral, resulta de aplicación el deber de abstención de las Administraciones tributarias hasta la resolución de éste.

Criterio reiterado en resolución de 27 de marzo de 2025, RG: 00-06438-2021

Referencias normativas:
  • Ley 12/2002 Concierto Económico Comunidad Autónoma del País Vasco
    • 66.2
  • RD 1760/2007 Reglamento de la Junta Arbitral prevista en el Concierto Económico con la Comunidad Autónoma del País Vasco
    • 15.1
Conceptos:
  • Abstención/recusación
  • Conflictos
  • Junta arbitral
  • Procedimiento sancionador
  • Territorio foral
Texto de la resolución: (Ver en nueva pestaña o ventana)

Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas

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