Criterio 2 de 2 de la resolución: 00/03625/2020/00/00
Calificación: Doctrina
Unidad resolutoria: TEAC
Fecha de la resolución: 19/01/2023
Asunto:

Procedimiento de recaudación. Declaración de responsabilidad solidaria en virtud del artículo 42.2 a) LGT. Dies a quo. Interrupción de la prescripción del derecho de la Administración a exigir el pago de las deudas a los responsables. 

Criterio:

El plazo de inicio del cómputo de la prescripción para exigir la deuda a los responsables del artículo 42.2. LGT, teniendo  en cuenta la redacción original del artículo 67.2 LGT, es el de la fecha en la que los hechos generadores de la responsabilidad han tenido lugar, sin que pueda hablarse de interrupción de la prescripción respecto a responsables no declarados como tales por las actuaciones recaudatorias frente al deudor principal.

 

Doctrina TEAC de 13.12.22 RG 6421/2021 que supone un cambio de criterio de acuerdo con la STS de 14/10/2022 (Recurso casación  6321/2020)

Referencias normativas:
  • Ley 58/2003 General Tributaria LGT
    • 42.2.a)
    • 67.2
Conceptos:
  • Interrupción
  • Prescripción
  • Procedimiento de recaudación
  • Responsables solidarios
Texto de la resolución: (Ver en nueva pestaña o ventana)

Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas