Criterio 1 de 2 de la resolución: 00/03625/2020/00/00
Calificación: Doctrina
Unidad resolutoria: TEAC
Fecha de la resolución: 19/01/2023
Asunto:

Procedimiento económico-administrativo. Plazo de interposición de reclamaciones y recursos en vía económico-administrativa a causa del estado de alarma del COVID-19 .

Criterio:

De acuerdo con lo dispuesto en el segundo párrafo del artículo 33.7 del Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo, de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19, el plazo de interposición del recurso de alzada se inició el 1 de junio y terminó el 1 de julio incluido.

 

Se reitera criterio dictado por el TEAC el 13.12.22 (RG 6576-2020)

 

Referencias normativas:
  • RDLey 8/2020, medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19
    • 33.7
Conceptos:
  • COVID-19
  • Estado de alarma
  • Plazos
  • Presentación/Interposición
  • Reclamaciones económico-administrativas
Texto de la resolución: (Ver en nueva pestaña o ventana)

Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas