Asunto: Impuestos especiales. Impuesto Especial sobre Determinados Medios de Transporte (IEDMT). Solicitud de exención en relación con el Impuesto Especial sobre Determinados Medios de Transporte para los vehículos destinados a alquiler, prevista en el art 66.1.c), Ley 38/1992. Omisión del trámite de audiencia previo a la denegación de la exención.
Criterio:
Al no regular la Ley de Impuestos Especiales un procedimiento específico para el reconocimiento de la exención, el régimen y procedimiento aplicable es el específicamente regulado en los artículos los artículos 136 y 137 del RGAT, que, contempla la exigencia de un trámite de audiencia o de alegaciones previo a adoptar la resolución.
Criterio aún no reiterado que no constituye doctrina vinculante a los efectos del artículo 239 LGT.
Jurisprudencia:
-Sentencia TJUE de 4 de junio de 2020, asunto C-430/19.