Criterio 1 de 1 de la resolución: 00/03211/2023/00/00
Calificación: No vinculante
Unidad resolutoria: TEAC
Fecha de la resolución: 17/07/2026
Asunto:

Procedimiento de recaudación. Interposición de reclamación con solicitud de suspensión con aval. Suspensión por procedimiento amistoso (PROCAMI) Intereses legales del reembolso del coste de la garantía.

 

Criterio:

El reembolso del coste de la garantía tiene su regulación específica en el artículo 33 de la LGT y sus normas reglamentarias de desarrollo, en las que se establece claramente el reembolso de los costes incurridos hasta la cancelación de la garantía más los intereses devengados desde la fecha en que se incurre en dichos costes hasta la fecha en que se ordene el pago. Lógicamente excluyendo el periodo en el que el contribuyente se haya retrasado en su solicitud desde la cancelación de la garantía hasta que solicita el reembolso.

 

Criterio relevante aún no reiterado que no constituye doctrina vinculante a los efectos del artículo 239 LGT.

 

 

Referencias normativas:
  • Ley 58/2003 General Tributaria LGT
    • 33
  • RD 520/2005 Reglamento Revisión en Vía Administrativa
    • 74.1
Conceptos:
  • Aval
  • Coste
  • Garantías
  • Procedimiento amistoso
  • Procedimiento de recaudación
  • Reembolso
  • Suspensión
Texto de la resolución: (Ver en nueva pestaña o ventana)

Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas

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