Criterio 1 de 1 de la resolución: 00/03098/2020/00/00
Calificación: Doctrina
Unidad resolutoria: TEAC
Fecha de la resolución: 23/03/2021
Asunto:

Procedimiento inspector. Actuaciones realizadas tras el incumplimiento del plazo de duración de las actuaciones inspectoras. Requisitos para se pueda considerar el acta de inspección incoada como acto de reanudación formal interruptivo de la prescripción. STS de 12 de julio de 2017 (rec. casación 1564/2016). CAMBIO DE CRITERIO

Criterio:

Atendiendo a la sentencia del Tribunal Supremo de 12 de julio de 2017 (rec. casación 1564/2016), para que una actuación realizada tras el incumplimiento del plazo de duración de las actuaciones inspectoras, en este caso un acta de inspección, tenga efectos interruptivos deben cumplirse los siguientes requisitos: 1) Dictar un acuerdo formal de reanudación; 2) Poner de manifiesto que el procedimiento inicial ha dejado de producir efectos interruptivos; y 3) Indicar los objetos y períodos a los que irán referidas las actuaciones siguientes.

 

En la Sentencia de 12-7-2017, el Tribunal Supremo concluía que, a pesar de que en el acta de inspección se ponía de manifiesto el concepto y períodos comprobados, la misma no constituía un acuerdo formal de reanudación y en ella no se indicaba ni que se hubieran extinguido los efectos interruptivos de las actuaciones realizadas con anterioridad ni que hubiera prescrito el derecho de la Administración a comprobar el impuesto sobre Sociedades de determinados ejercicios, por lo que el acta no cumplía ninguno de los requisitos exigidos para desplegar los efectos interruptivos previstos en el artículo 150.2.a) de la LGT.

 

Se cambia el criterio respecto a la doctrina de este Tribunal Central que admitía las actas de inspección como actos de reanudación formal de las actuaciones a los efectos previstos en el artículo 150.2.a) LGT, a la vista de la sentencia de la Audiencia Nacional de 28-12-2017 (recurso nº 123/2014).

 

CAMBIO DE CRITERIO 

 

Criterio reiterado en RG 7414/2020, de 23 de marzo de 2021.

Referencias normativas:
  • Ley 58/2003 General Tributaria LGT
    • 150.2
Conceptos:
  • Actas en general
  • Interrupción
  • Plazos
  • Prescripción
  • Procedimiento de inspección
Texto de la resolución: (Ver en nueva pestaña o ventana)

Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas