Criterio 1 de 1 de la resolución: 00/02471/2013/50/00
Calificación: Doctrina
Unidad resolutoria: TEAC
Fecha de la resolución: 25/03/2021
Asunto:

ITPAJD. Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales.  Exención del artículo 108.2 a) de la Ley del Mercado de Valores (LMV). Determinación del valor real del activo.

Criterio:

El art 108 LMV  permite a la administración tributaria considerar el valor neto contable derivado de la documentación aportada por el contribuyente como equivalente a los valores reales. (STS 11/09/2020  REC  6598/2017).

 

Reitera criterio de RG 6563/2018, de 28 de enero de 2021

 

Referencias normativas:
  • Ley 24/1988 del Mercado de Valores.
    • 108.2.a)
Conceptos:
  • Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados ITPAJD
  • Valor real
  • Valor teórico-contable
Texto de la resolución: (Ver en nueva pestaña o ventana)

Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas