Criterio 1 de 1 de la resolución: 00/01501/2019/00/00
Calificación: Doctrina
Unidad resolutoria: TEAC
Fecha de la resolución: 15/07/2021
Asunto:

Impuesto sobre el Valor de la Producción de la Energía Eléctrica e Impuesto sobre Hidrocarburos. Inexistencia de doble tributación del gas natural en el proceso productivo de las instalaciones de cogeneración por la tributación por ambos impuestos.

Criterio:

En el caso del IVPEE el impuesto es soportado por los productores de electricidad, mientras que en el Impuesto sobre Hidrocarburos el impuesto es soportado por los consumidores finales en función del producto consumido por lo que no cabe la presunta doble imposición.

Sentencia Promociones Oliva Park, dictada por el TJUE en fecha 3 de marzo de 2021, en el asunto C-220/19.

Criterio reiterado en RG 00/02061/2019 (20-01-2022).

Referencias normativas:
  • Constitución Española
    • 31.1
  • Ley 38/1992 Impuestos Especiales IIEE
    • Título I. Capítulo VII. Artículos 46 a 55
  • Ley 15/2012 Medidas fiscales para la sostenibilidad energética
    • Título I. Artículos 1 a 11
  • Directiva 2008/118/CE del Consejo, de 16 de diciembre de 2008, relativa al régimen general de los impuestos especiales
    • 1.2
Conceptos:
  • Doble imposición
  • Impuesto Especial sobre Hidrocarburos
  • Impuesto sobre el Valor de la Producción de la Energía Eléctrica IVPEE
Texto de la resolución: (Ver en nueva pestaña o ventana)

Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas