Criterio 1 de 1 de la resolución: 00/01471/2019/00/00
Calificación: No vinculante
Unidad resolutoria: TEAC
Fecha de la resolución: 20/01/2022
Asunto:

IVA. Sectores diferenciados. Autoconsumo por cambio de afectación. Sector de promoción inmobiliaria  y sector de arrendamiento de viviendas con opción de compra.

Criterio:

Constituye autoconsumo de bienes sujeto al impuesto el cambio de afectación de viviendas entre dos sectores diferenciados de actividad, pasando las mismas del sector de promoción inmobiliaria al de arrendamiento de viviendas sin opción de compra.

En cambio, no se produce autoconsumo si las viviendas pasan del sector de promoción inmobiliaria al de arrendamiento con opción de compra de viviendas cuya entrega estuviese sujeta y no exenta al Impuesto sobre el Valor Añadido. En este supuesto el arrendamiento es una actividad no exenta con total derecho a la deducción, igual que sucede con la actividad promotora. Por tanto, no cabe establecer sectores diferenciados al no diferir las prorratas en más de 50 puntos porcentuales.

A estos efectos, no cabe negar virtualidad a la cláusula de opción de compra incluida en los contratos de arrendamiento suscritos por el hecho de que no se acordara el pago de una prima por parte del arrendatario, pues esta es un elemento accesorio cuya ausencia no invalida el contrato. Probada la intención de las partes de conceder una opción de compra al arrendatario, debe prevalecer dicha intención, con independencia de la tributación declarada por el arrendador respecto de tales contratos o de la finalidad de este al suscribirlos.

Criterio aún no reiterado que no constituye doctrina vinculante a los efectos del artículo 239 LGT,  en lo relativo al arrendamiendo de vivienda CON opción de compra.

Referencias normativas:
  • Ley 37/1992 Impuesto sobre el Valor Añadido IVA
    • 20.1.23
    • 9.1.c)
  • Código Civil RD 24-jul-1889
    • 1281
Conceptos:
  • Afectación
  • Autoconsumo
  • Cambio de uso/destino
  • Impuesto sobre el Valor Añadido IVA
  • Sectores diferenciados
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Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas